Revisión Técnico Mecánica y de Gases
* Vigencia de la Revisión Técnico Mecánica y de Gases:
- Motos: La primera revisión se debe hacer a los 2 años y después cada año.
- Vehículo Particular: La primera revisión se debe hacer a los 6 años y después cada año.
- Vehículo Público: La primera revisión se debe hacer a los 2 años y después cada año.
* En la Revisión Técnico Mecánica y de Gases se revisa:
a. Inspección visual: Puertas, seguros, vidrios, fugas de líquidos, llantas en servicio y de repuesto, etc.
b. Inspección de frenos, alineación y suspensión.
c. Inspección de gases.
d. Medición de intensidad e inclinación de luces.
e. Verificación de taxímetro para vehículos de servicio público.
f. Terminadas las pruebas, se determina la aprobación o no del vehículo.
En caso de ser aprobado, se entrega el certificado de RTMG, y el soporte de los resultados de cada una de las pruebas. El proceso termina con el registro de la certificación de la revisión en el Runt.
¿ Qué pasa si el vehículo es rechazado en la Revisión Técnico Mecánica y de Gases ?
Tiene 15 días calendario, según la resolución 5111 de Ministerio de Transporte, para realizar los ajustes necesarios y regresar al Centro de Diagnóstico Automotor y realizarle un nuevo chequeo sin costo adicional.
Debe tener en cuenta que el vehículo continua sin cumplir los requerimientos para circular por las vías y podría ser SANCIONADO, hasta que culmine su proceso y obtenga su certificación.
Requisitos para acceder al servicio:
El vehículo debe de ingresar en estado adecuado de limpieza que permita una revisión visual confiable, descargado y sin tapas en las llantas. Debe presentarse matricula (licencia de tránsito) y Soat Vigente. Para vehículos convertidos a gas, documento de revisión anual vigente.